No solo abarca la reducción del riesgo de contagio de la COVID-19, sino riesgos físicos, ergonómicos, químicos, mecánicos, ambientales y otros, propios de las actividades laborales. El preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1919, reconoció la importancia de asegurar la protección de los trabajadores contra las enfermedades generales o profesionales y los accidentes resultantes del trabajo. Esta declaración, así como otras que datan de eventos históricos relevantes, establecieron el...











