Sistema General de Entes Generadores de Aguas Residuales

El pasado 16 de febrero, fue publicado el Acuerdo Ministerial 37-2021 Sistema General de Entes Generadores de Aguas Residuales (Sigegar) a cargo del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

Daniel García / Gerente de Ambiente CIG
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Para los entes generadores y/o las personas que descargan al alcantarillado público (generación, tratamiento, descarga, reúso o disposición de aguas residuales y lodos), el Acuerdo Ministerial 37-2021 está disponible en el portal web del MARN www.marn.gob.gt, donde además podrá crear su usuario.

Dicha publicación deroga el Acuerdo Ministerial 245-2020 de fecha 1 de junio 2020, en el cual se creó el Sistema de Geoposicionamiento de Entes Generadores de Aguas Residuales.

Como parte de las innovaciones que tiene el nuevo Acuerdo, en comparación con el anterior, se pueden mencionar:

1. No se debe compartir en la plataforma el Estudio Técnico de Aguas Residuales, tal como indica el artículo 7 del Reglamento de las Descargas y Reúso de Aguas Residuales y la Disposición de Lodos, el cual queda bajo su resguardo para efectos de control y seguimiento ambiental.

2. No se debe compartir información de la caracterización de aguas residuales del ente generador, sin embargo, si se debe indicar si se realizaron los dos muestreos anuales de aguas residuales. A través del Sigegar se podrá solicitar la excepción de la realización del Estudio Técnico de Aguas Residuales, así como de la exención de medición de parámetros, según lo establecido en los artículos 12 y 61 del Acuerdo Gubernativo 236-2006.

3. Como parte de los principios ambientales del Sector Industrial, también incorpora la gradualidad, cobrando vigencia para el Sector Privado partir de 2022, dividiendo en 8 regiones su cumplimiento (ver tabla) y eliminando colocar su geoposicionamiento.

Se espera que, en los próximos días, el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, emita vía acuerdo ministerial los manuales respectivos para el sector público y privado con información específica, que se debe presentar al sistema. 

Desde Cámara de Industria de Guatemala (CIG) hemos brindando las recomendaciones necesarias respecto a la información que se deberá consignar, la cual debe estar en concordancia con lo establecido en el Acuerdo Gubernativo 236-2006.

El contenido de Industria&Negocios no necesariamente representa la opinión de Cámara de Industria de Guatemala; cada artículo es responsabilidad de sus autores.

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