Desde hace varios meses atrás numerosos gremios, empresas y sectores han manifestado diversas opiniones y consultas respecto al Sistema de Entes Generadores de Aguas Residuales, especialmente por las contradicciones que tiene su aplicación y su relación con el Acuerdo Gubernativo 236-2006. En este artículo se comparten aspectos relevantes que deben ser tomados en cuenta.
El primer Acuerdo Ministerial 245-2020, Sistema de Geoposicionamiento de Entes Generadores de Aguas Residuales (derogado), fue publicado el jueves 9 de julio de 2020, resultado de un trabajo interno por parte del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), en el cual, por medio de una plataforma electrónica, los entes generadores de aguas residuales de tipo ordinario y especial pudieran poner a disposición del MARN sus muestreos de aguas residuales, sistemas de tratamiento, estudio técnico de aguas residuales y la disposición de lodos.
Con lo anterior, un Acuerdo Ministerial de menor jerarquía que el Acuerdo Gubernativo, Reglamento 236-2006, más conocido como Reglamento de Aguas Residuales y Lodos, pretendía, de forma antojadiza, cargar información, como el Estudio Técnico que está bajo resguardo del proponente.
Finalmente, el MARN, luego de varios análisis, realizó una reforma, con lo cual se publicó un nuevo Acuerdo Ministerial bajo el número 37-2021, el 16 de febrero del 2021, y cambió de nombre a Sistema General de Entes Generadores de Aguas Residuales (SIGEGAR), en el que se realizaron algunos cambios importantes como:
- No se debe compartir en la plataforma el Estudio Técnico de Aguas Residuales, el cual queda bajo su resguardo para efectos de control y seguimiento ambiental.
- No se debe compartir información de la caracterización de aguas residuales del ente generador, sin embargo, sí se debe indicar si se realizaron los dos muestreos anuales de aguas residuales.
- Se debía cargar información por parte del sector privado a partir del 2022, dividiendo en ocho regiones su cumplimiento, sin colocar su geoposicionamiento.
El SIGEGAR aplica para todos aquellos entes generadores de aguas residuales que descarguen a un cuerpo receptor”.
Recomendaciones
¿Qué debo hacer como empresa o sector industrial? ¿Quiénes deben subir información? El SIGEGAR aplica para todos aquellos entes generadores de aguas residuales que descarguen a un cuerpo receptor. Recordemos que un ente generador es “la persona individual o jurídica, pública o privada, responsable de generar o administrar aguas residuales de tipo especial, ordinario o mezcla de ambas, y cuyo efluente final se descarga a un cuerpo receptor”.
Inicialmente, el artículo 4 indica que el MARN debía elaborar los manuales correspondientes para el uso y funcionamiento del SIGEGAR por medio de otro Acuerdo Ministerial, de acuerdo al sector que pertenezcan, sin embargo, luego de más de un año, esto no ha sido posible. De igual manera, se debían iniciar los procesos de creación de usuario en la plataforma web a cargo en la sección SIGEGAR del MARN (www.marn.gob.gt).
Una vez creado el usuario, la plataforma debía realizar algunas preguntas básicas como: a qué cuenca hidrográfica descarga, el sector al que pertenece y si cuenta con estudio técnico de aguas residuales, entre otros. Sin embargo, al iniciar los procesos de registro, la plataforma aún continúa solicitando información que pareciera estar ligada a lo publicado en el 2020 y, a la vez, existe preocupación porque el artículo 11 también le genera sanciones a quien no cumpla.
En ese sentido, desde Cámara de Industria de Guatemala (CIG) se han realizado gestiones con las autoridades para recomendar aspectos relevantes que no permiten el cumplimiento de las empresas y para cualquier ente generador, por lo que se espera que próximamente el MARN se pronuncie al respecto y realice los cambios y ajustes necesarios en la plataforma, ya que cargar la información actual va más allá de lo establecido en el actual SIGEGAR y la plataforma no ha sido actualizada.
Si su empresa tiene consultas o desea ampliar información, puede comunicarse con Daniel García al correo electrónico [email protected], quien le resolverá las dudas al respecto.
Por: Daniel García | Gerente Ambiental de Cámara de Industria de Guatemala (CIG)