La salud en la evaluación de los impactos ambientales

La evaluación de impacto en salud (EIS), tal como la define la Organización Mundial de la Salud (OMS), es un medio para evaluar los impactos en salud de políticas, planes y proyectos en diversos sectores económicos usando técnicas cuantitativas, cualitativas y participativas.

Al momento de evaluar los impactos ambientales que una actividad genera, se toman en cuenta factores como los impactos en el recurso hídrico, aire o energía. Los aspectos relacionados con la salud humana no siempre reciben la atención respectiva cuya finalidad es la evaluación ambiental de planes, programas, proyectos o actividades, donde se da prioridad a los impactos que las intervenciones del hombre producen en el medio natural.

Al tomar en cuenta la salud dentro de la valorización de los impactos ambientales en una evaluación o diagnóstico ambiental, se abarcan diferentes puntos:

  1. El social, ya que es importante no solo conocer lo que provoca nuestra actividad a nivel técnico sino también al personal interno y a las comunidades aledañas.

Para considerar la valorización de este factor, se pueden tomar en cuenta los siguientes cuestionamientos: ¿Qué podría suceder? ¿Cómo y por qué? ¿Cuáles son las posibles consecuencias para la salud? ¿Cuál es la probabilidad de que ocurra? ¿Existen factores que controlen o minimicen la probabilidad del riesgo y sus consecuencias?

  1. El económico, considerando que para un desarrollo sostenible y mejoramiento de la salud ambiental dentro de la industria y comunidades hay que tener claro que la diversidad natural y social, aunadas a la multidisciplinariedad de la salud ambiental, encaran la búsqueda de acciones holísticas y sistemáticas, por lo que es imposible pretender que sea interpretación de una sola disciplina científica.

Entorno nacional

En Guatemala, la ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Acuerdo Gubernativo 68-86) en su artículo 7 menciona sobre no introducir ninguna sustancia o desecho que sea contraproducente para los habitantes, al igual que sus artículos 16, 17 y 18 relacionados al suelo, ruido y paisaje visual que dañen la salud física de las personas.

En materia de estudios de impacto ambiental y cumplimiento legal ante los instrumentos, el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (RECSA- AG 137-2016 y sus reformas), menciona en su artículo 4b que debe existir un grado de preocupación ante las medidas ambientales o propuestas ambientales a generar en relación a la salud de las personas; al igual que el Plan Nacional de Desarrollo “K’atun Nuestra Guatemala 2032” y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), específicamente el número 3 que indica como bienestar la salud y bienestar en cualquier entorno de cada individuo, y aplica a las medidas de mitigación y potenciación que un instrumento quiera proponer ante cualquier actividad.

En conclusión, la salud humana es de los principales objetivos para un desarrollo sostenible nacional, el entorno en el que una persona se relacione tiene que ver con la productividad, eficiencia y resultados exitosos. La valorización de los impactos en la salud en evaluaciones ambientales no debe ignorarse, ya que permite conocer y ampliar a las empresas e individuos, oportunidades de mejora y acciones preventivas.

Por: Inga. Andrea Lissette Del Cid Monterroso | Asesora en Gestión Ambiental de CIG

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