Escazú, un acuerdo sin participación inclusiva

En este espacio se citan algunos de los puntos a tomar en cuenta para no ratificarlo.

El acuerdo sobre el acceso a la información, participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en américa latina y el caribe denominado Escazú, fue adoptado en Escazú, Costa Rica el 4 de marzo 2018 y firmado por 21 de 33 países de la región, el 27 de septiembre de ese mismo año. 

Después de más de dos años buscando la ratificación de al menos once países, el pasado 22 de abril entró en vigencia, únicamente para los países que lo han ratificado. Los primeros en hacerlo fueron los cinco países caribeños.

El acuerdo tiene su origen desde 1992 en la Declaración de Río, respecto al medioambiente donde se desarrollaron 27 principios. Uno de ellos, el número 10 indica que “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda”.  Posteriormente, en 2012 se dio la declaración sobre la aplicación del principio 10, en América Latina y el Caribe, iniciando la negociación en 2014. 

El Acuerdo supuestamente privilegia la participación, sin embargo, para el sector productivo formal es preocupante que el Gobierno de Guatemala, en su momento, no haya dado participación a los habitantes del país, de forma previa a su adopción. El acuerdo se centra en cuatro aspectos: 

Acceso a la participación pública, acceso a la información ambiental, protección a los defensores de derechos humanos ambientales, acceso a la justicia ambiental.

¿Es viable para Guatemala? 

La respuesta es no.  Estos son algunos de los puntos a tomar en cuenta para no ratificarlo:

El Acuerdo viola lo establecido en la Declaración de Río, respecto a la participación pública, así como las disposiciones del Tratado de Libre Comercio entre la Región Centroamericana, República Dominicana y Estados Unidos (DR-CAFTA) en cuanto a la transparencia y publicidad.

El Acuerdo se ha socializado como un convenio en materia ambiental y su contenido se orienta a temas sociales y de derechos humanos.   

El Acuerdo de Escazú, establece el cumplimiento de muchos compromisos, entre ellos la creación, instauración e implementación de varios servicios y sistemas; entre ellos, instituciones y leyes, generando costos adicionales al Presupuesto General de la Nación.

En Guatemala el acceso a la información pública está regulado y garantizado a través de la Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto 57-2008; el ratificar el Acuerdo de Escazú, generaría un enredo legal innecesario, dado lo desordenado e incoherente de su texto.

El Acuerdo de Escazú desde su origen no admitió reservas de ningún tipo, por la cual las antijuridicidades denunciadas no pueden ser objeto de reserva como mecanismo para superar los obstáculos jurídicos para su adopción.  

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