El Ministerio de Ambiente podrá multar a la empresa hasta por Q100 mil, proceder a ejecutar la fianza o anular la resolución administrativa, entre otros, hasta agotar la vía administrativa establecida en la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente
POR ING. KHALIL DE LEÓN
El 11 de julio de 2011, mediante la publicación del Acuerdo Ministerial número. 223-2011 en el Diario de Centroamérica, el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), como rector sectorial en la materia, integró una Unidad Especial de Ejecución de Auditorías Ambientales (UAA), adscrita al ice despacho de esa dependencia.
De conformidad al Artículo 22 del Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (Acuerdo Gubernativo No.231-2007), las auditorías ambientales son un mecanismo de verificación, utilizado para evaluar el grado de cumplimiento de los planes de gestión ambiental y determinar criterios para garantizar el mismo. Pueden ser de carácter obligatorio o voluntario, con el propósito de certificación, registro, así como de calificación y para la obtención de los incentivos que se establecen en el reglamento. Asimismo, estos instrumentos podrán ser presentados voluntariamente por el responsable del proyecto, obra, industria o actividad o ser solicitados por el MARN de forma obligatoria, en los casos que el Ministerio así lo determine.El propósito de esta Unidad es organizar, coordinar y facilitar con las Direcciones Generales del Ministerio y con otras entidades, la ejecución de las auditorías ambientales por medio de la verificación sistemática y documentada del debido proceso en el desempeño de los proyectos, obras, industrias y, en general, todas aquellas actividades que puedan producir daño al ambiente. Debe considerar, entre otros -para la respectiva auditoría- los compromisos establecidos en los instrumentos de evaluación aprobados y los sistemas de gestión ambiental del auditado, según sea el caso.
La UAA estará integrada por un equipo multidisciplinario que, además del coordinador y del personal administrativo, incluirá profesionales en ingeniería sanitaria y ambiental, ciencias químicas y agrícolas, sociología y antropología, así como en derecho, con experiencia medioambiental. Entre las funciones de la Unidad se tiene la elaboración de manuales que incluirán los procedimientos para las etapas de planificación, ejecución y seguimiento de las Auditorías, así como la implementación del programa correspondiente. Además, debe desarrollar y mantener una base de datos de las Auditorías. También, propondrá las modificaciones reglamentarias pertinentes. Asimismo, creará un registro de los prestadores de servicios respectivos. Adicionalmente, la Unidad será la encargada de rendir un informe de auditoría, por medio del cual se podría demostrar que se están incumpliendo los compromisos y obligaciones adquiridos en la resolución administrativa de aprobación del instrumento de evaluación.
En ese sentido, es pertinente comentar que el incumplimiento implicaría una serie de riesgos para las empresas, porque el Ministerio podrá multar a las empresas hasta por Q100 mil, proceder a ejecutar la fianza, anular la resolución administrativa citada, entre otros, hasta agotar la vía administrativa establecida en la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Decreto No.68-86). Posteriormente, y con base en el mandato legal, el Ministerio procederá a realizar las denuncias en los tribunales para dar inicio al procedimiento establecido en el Código Penal (Decreto 17-73) por impactos adversos al ambiente.Con base en lo antes indicado, la recomendación es procurar cumplir con las obligaciones y compromisos establecidos en la legislación ambiental vigente Si tiene dudas o comentarios, puede contactar a la Comisión del Medio Ambiente de Cámara de Industria de Guatemala, al PBX: 23809000, Ext. 207 o bien al correo electrónico: [email protected].