En términos generales, la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) debe entenderse como el proceso de introducir la variable ambiental en la toma de decisiones a nivel de políticas, planes y programas, así como para evaluar el desarrollo de megaproyectos, en especial, aquellos que se realizan en el marco de alianzas público–privadas.
POR MIREYA ARCHILA DE SÁNCHEZ
Director Técnico de Geoambiente
Es un instrumento facilitador, cuyo objetivo es asegurar la integración del tema socio ambiental en un contexto de sostenibilidad a largo plazo. Bajo esta perspectiva, la aplicación de la EAE debe ser un ejercicio obligado en la administración pública a efecto de establecer un mecanismo de integración estratégica para coordinar los procesos de definición, preparación y adopción de directrices y lineamientos públicos.
Hace aproximadamente 16 años se inició la aplicación de la EAE en el continente europeo como consecuencia de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), solo que a un nivel estratégico, derivado de la necesidad de regular, en parte, el ordenamiento territorial y las iniciativas de desarrollo económico, en una perspectiva socio ambiental. De esa cuenta, la Directriz Europea 2001/42/EC es la primera formulación jurídica en el mundo que definió de manera estructurada la EAE y que ha servido de modelo en diversas regiones (Latinoamérica, Norteamérica, Asia, África, etcétera).
Esta Directriz, prácticamente, obligó a los Estados miembros de la Comunidad Europea a adoptar medidas y disposiciones legales para asegurar que los efectos potenciales en el ambiente de las iniciativas de políticas, planes y programas, fueran debidamente evaluados, previamente a su adopción. Todo ello, con el propósito de evitar conflictos sobre el uso de la tierra, el aprovechamiento de recursos naturales, desarrollo urbano y rural, entre otros.
La EAE actúa, de preferencia, sobre el proceso de concepción y de definición; y no sobre los resultados de la implementación de los lineamientos de las políticas de sostenibilidad. De acuerdo a María Partidario: “En la EAE, las acciones causantes de impacto responden a las intenciones de desarrollo de un modelo territorial físico pretendido, o de un modelo socioeconómico con objetivos y metas definidas y, de preferencia, con una visión de largo plazo, con opciones para alcanzar los mismos objetivos y metas”.(1)
La implementación de la EAE en la administración pública de Guatemala (Gobierno central y municipal) supone un proceso de análisis sistemático de integración estratégica de los factores ambientales que tienen la capacidad de incidir significativa y potencialmente en los resultados, derivados de la adopción de políticas, planes y programas. Localmente, la experiencia sobre la aplicación de la EAE ha sido extremadamente reducida, a pesar de que se incluye en el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (Acuerdo Gubernativo 431-2007), siendo la Municipalidad de Guatemala la primera entidad pública que adoptó esta herramienta para evaluar el “Plan de Ordenamiento Territorial” (14 de mayo de 2010).
Sin duda, la implementación de este tipo de ejercicios por los distintos sectores, incluida la iniciativa privada, podría evitar la pugna, el conflicto y el enfrentamiento institucional sobre las diferentes propuestas de políticas de desarrollo, de manera tal que se compatibilizaran el aprovechamiento de los recursos naturales (agua, madera, minerales, etc.), la creación y gestión de áreas protegidas, el ordenamiento territorial, el desarrollo urbano y rural, a efecto de contar con reglas del juego congruentes, que impulsen un modelo de desarrollo sostenible.