FEB-2015 El control transfronterizo de los desechos peligrosos

Comunicación CIGfebrero 2015

El Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación es el acuerdo ambiental internacional más amplio en materia de desperdicios peligrosos y otros desechos. Fue firmado por Guatemala el 3 de marzo de 1989 y ratificado el 15 de mayo de 1995; hoy, el Convenio cuenta con 181 Estados parte.

El contenido del Acuerdo se centra en el impacto nocivo que las sustancias peligrosas pueden generar en la salud y el medio ambiente, así como en su movimiento transfronterizo. Por lo tanto, establece que la manera más eficaz de proteger la salud humana y el entorno, consiste en reducir su generación al mínimo.

La prevención es uno de los principales efectos considerados por el Convenio, recomendando la aplicación de tecnologías que generen escasos desechos, medidas de reciclaje y buenos sistemas de manejo que garanticen la protección de los efectos nocivos.

Condiciones para los movimientos transfronterizos

Según el Artículo 4, numeral 9, del Convenio de Basilea, se establece como regla general la no exportación de los desechos peligrosos y otros desechos, por lo tanto se percibe que no debe permitirse el envío de estos si hay capacidad nacional para su manejo en forma ambientalmente responsable.

Procedimientos para los movimientos transfronterizos

El procedimiento de consentimiento fundamentado previo comprende requisitos estrictos para los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos, los cuales constituyen un sistema de control del Convenio, y se basan en cuatro fases fundamentales:

  1. Notificación;
  2. Consentimiento y expedición del documento relativo al movimiento;
  3. Movimiento transfronterizo; y
  4. Confirmación de la eliminación.

El Manejo Ambientalmente Responsable es definido para corrientes específicas a través de Directrices Técnicas aprobadas por la Conferencia de las Partes del Convenio de Basilea. En el caso de las Baterías Ácido Plomo Usadas (BAPU), se emitió una serie de normas a seguir en la recolección, transporte, almacenaje y reciclaje para los Acumuladores de Plomo de Desecho.

En este aspecto, actualmente la Planta de Reciclaje de BAPU de Acumuladores Iberia, S.A., empresa 100% guatemalteca, es la única en el mundo que ha sido sujeta a verificación externa sobre el cumplimiento del manejo ambientalmente responsable. Además, optimizó su desempeño ambiental al aplicar la estrategia de Producción más Limpia, cuyo enfoque de prevención ha permitido que los procesos de la planta sean modelo internacional de gestión.

Algunas de las obligaciones generales del Convenio de Basilea son:

  1. Impulsar las medidas apropiadas para reducir al mínimo la generación de desechos peligrosos y otros desechos en ella, teniendo en cuenta los aspectos sociales, tecnológicos y económicos.
  2. A establecer instalaciones adecuadas de eliminación para el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y otros desechos.
  3. Velar por que las personas que participen en el manejo de los desechos peligrosos y otros desechos dentro de ella adopten las medidas necesarias para impedir que ese manejo dé lugar a una contaminación.

Si usted desea más información, comuníquese con Miguel Araujo Padilla, Director del Convenio de Basilea para Centroamérica y México, al número 2248 8990 o al correo [email protected].

Por: Ing. Daniel García

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